Artículo 3 - Objetivos fundamentales del Estado
Corresponde al Estado garantizar:
- El cumplimiento y protección de esta Constitución, así como de los principios, valores, derechos y deberes reconocidos y consagrados en ella.
- La convivencia pacífica, el respeto a la dignidad humana y la unidad nacional.
- Las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo -y de los grupos en que se integra- sean reales y efectivas, y todos ellos puedan ejercer con plenitud sus derechos individuales y colectivos, así como disfrutar de una calidad de vida y bienestar equiparables.
- La posibilidad de participación de todos los ciudadanos en la vida política, en la toma de decisiones que les afecten, y en la administración del país según los principios democráticos.
- La conservación y promoción del patrimonio histórico, natural, cultural, económico y humano de la nación; así como su aprovechamiento responsable.
- El desarrollo armonioso de la nación sobre el principio de solidaridad; creando para ello las condiciones que promuevan el progreso de cada territorio según sus características, de modo que todas ellas puedan alcanzar su pleno desarrollo social, cultural y económico, y ejercer el derecho a la autonomía, que esta Constitución garantiza.
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Artículo 9
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- Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.
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Artículo 2
La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.
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