Cómo operar las cuentas bancarias de UCiD

Según el Art. 20, apartado b de los Estatutos, "el Equipo Coordinador será el responsable de autorizar cualquier gasto llevado a cabo por el partido...". A fin de realizar esta labor, es necesario elegir un sistemas para operar con el banco. Existen tres posibilidades combinables:

  1. Solidario: Cualquier autorizado puede realizar operaciones en nombre de UCiD, de las que responden solidariamente UCiD y los demás autorizados.
  2. Mancomunado: Cualquier autorizado puede realizar operaciones en nombre de UCiD, de las que responden UCiD y el firmante. Se puede establecer el requisito de reunir un número determinado de firmas (dos o más) a partir de cualquier importe, así como establecer que para importes superiores a una determinada cantidad sea necesaria la firma de una o dos personas autorizadas, o de alguien en particular.
  3. Mixto: Solidario hasta determinada cantidad, y después mancomunado.

He elevado este asunto a la Asamblea General. Hasta que no decidamos no podemos abrir la cuenta. Así que votar, y no os preocupéis que se puede cambiar más adelante.

Propuesta original: 

Mi opinión es que lo más recomendable es Mancomunado, estableciendo un límite de 50€ a partir del cual deben firmar al menos dos personas.

Comentarios

Entiendo que las firmas en el sistema mancomunado son de miembros del equipo coordinador ¿no?

En principio el equipo coordinador es el único para representar legalmente al partido y debe autorizar los gastos, así que no se me ocurre nadie mejor. De todas formas se puede plantear ante la asamblea otras opciones.

Esta propuesta fue aprobada en votación en la sesión 02/2008 de la Asamblea General

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